Agroindustria

Productores de guayaba elevan estatus fitosanitario

La Sagarpa declaró como zona de baja prevalencia de moscas de la fruta del género Anastrepha a la región norte del municipio de Juárez, en el estado de Michoacán

pro-guayabaMéxico.— La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) emitió un acuerdo por medio del cual declara como zona de baja prevalencia de moscas de la fruta del género Anastrepha de importancia cuarentenaria a la región norte del municipio de Juárez, en el estado de Michoacán.

Esta declaratoria, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), impacta positivamente en aproximadamente mil hectáreas de guayaba, con una producción de 18 mil toneladas, cuyo valor comercial se estima en 72 millones de pesos.

El gobierno federal, los gobiernos estatales y las organizaciones de productores conjuntaron esfuerzos para llevar a cabo la Campaña Nacional contra Moscas de la Fruta, cuya finalidad es establecer zonas de baja prevalencia y de esta manera, incrementar la productividad y competitividad de los productores de frutas mexicanas.

La Sagarpa, por conducto del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica), tiene la facultad de declarar zonas de baja prevalencia de plagas que afecten a los vegetales, de conformidad con los resultados de los muestreos en áreas geográficas determinadas.

Para emitir la declaratoria, los técnicos del Senasica constataron la escasa prevalencia de moscas de la fruta del género Anastrepha en la región norte del municipio de Juárez en el estado de Michoacán, de acuerdo con lo previsto en la Norma Oficial Mexicana NOM-023-FITO-1995, por la que se establece la Campaña Nacional contra Moscas de la Fruta.

Con base en esto, la Sagarpa declaró como zona de baja prevalencia de moscas de la fruta del género Anastrepha de importancia cuarentenaria a la región norte del municipio de Juárez en el estado de Michoacán, delimitada con los municipios de Zitácuaro, el área Centro-Sur del municipio de Juárez, Jungapeo y Tuzantla.

El acuerdo considera que para conservar el nuevo estatus se deberá aplicar las medidas fitosanitarias contenidas en la mencionada NOM-023-FITO-1995 y en la NOM-075-FITO-1997, por las que se establecen los requisitos y especificaciones fitosanitarias para la movilización de frutos hospederos de moscas de la fruta.

Fuente: Agroenred, imagen

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