Agroindustria

Ley de almacenamiento contra el coyotaje

La Cámara de Diputados analiza la iniciativa de Ley de Almacenamiento Rural que pretende evitar que los productores condenen sus cosechas a sistemas obsoletos e inoperantes que los mantienen bajo una creciente descapitalización, al tiempo que cubre un enorme vacío en el campo, derivado de la desaparición de mecanismos de almacenamiento del Estado, como la Compañía Nacional de Subsistencias Populares (Conasupo) y los Almacenes Nacionales de Depósito, SA (ANDSA).

Dicha propuesta busca erradicar el coyotaje transnacional de empresas que han sido beneficiarias directas de los subsidios y la riqueza que se genera en el campo mexicano, al constituirse como únicas operadoras del almacenamiento, traslado y empacado de los productos.

El diputado Julián Lozanilla Contreras, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (PRI) que presentó la iniciativa el pasado 21 de noviembre, argumentó que la propuesta será un instrumento de financiamiento, almacenamiento y comercialización viable para los productores del campo, en virtud de que podrán comercializar sus productos a mejores precios con quien ellos deseen y en los tiempos que les convenga, a partir de la infraestructura construida por décadas en el medio rural, la cual se encuentra abandonada o al servicio de otros intereses, arrendada incluso por empresas transnacionales.

Este sistema de acopio abre la oportunidad para que los productores primarios puedan adquirir un valor agregado para sus cosechas, al tener mayor participación en otros procesos de la cadena productiva, como son la limpieza, el empaque y el traslado de productos, sin los cuales la competencia comercial de productos agropecuarios con nuestros socios, está destinada al fracaso en el marco del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN).

La iniciativa de Ley de Almacenamiento Rural señala que el gobierno federal establecerá, conforme a las disposiciones del propio ordenamiento, el Sistema Nacional de Almacenamiento Rural para la comercialización de productos agrícolas y coordinará la promoción y desarrollo de líneas de financiamiento que fomenten la utilización de los certificados de depósito emitidos por los almacenes rurales como títulos de crédito de inversión productiva. Lo anterior permitirá que la comercialización de los productos agrícolas se efectúe en condiciones rentables y equitativas que correspondan a los precios del mercado.

El proyecto de iniciativa de ley tiene por objeto normar el establecimiento de los almacenes rurales y promover que el financiamiento a los productores fluya de manera eficiente en la comercialización agrícola.

El Sistema Nacional de Almacenamiento Rural para la comercialización de productos agrícolas se ubicará en el marco del Sistema Nacional de Planeación Democrática, con la participación corresponsable de dependencias federales, estatales y municipales, personas físicas y morales de los sectores social y privado que prestan servicios en el almacenamiento rural.

Asimismo, se considera la creación de un moderno Sistema Nacional de Información Agropecuaria, el cual permitirá a los productores mexicanos obtener datos oportunos sobre la conveniencia de sembrar cientos de productos de acuerdo con el clima, rentabilidad y valor agregado en el mercado internacional.

También se propone que la normatividad de la operación en el almacenamiento rural salga de la esfera del sector financiero (SHCP) y pase al ámbito de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa), con el fin de evitar que el almacenamiento de productos del campo sea regido con los mismos criterios que los productos manufacturados, lo que ha hecho inviable la infraestructura nacional existente para el almacenamiento rural.

Las entidades federativas y municipios formarán parte del Sistema Nacional de Almacenamiento Rural, de conformidad con los convenios y acuerdos que para tal objeto se celebren, dentro del Sistema Nacional de Planeación Democrática.

El esquema operativo de la ley tiene previsto la integración de la Comisión del Sistema Nacional de Almacenamiento Rural, que será el órgano de consulta permanente, de inspección, control y vigilancia en la materia, que apoyará al gobierno federal en la formulación, desarrollo, aplicación y evaluación de la medidas de almacenamiento rural.

La Comisión del Sistema Nacional de Almacenamiento Rural orientará y apoyará a los productores rurales sobre los mecanismos más eficientes y los procedimientos económicos, administrativos y legales para la comercialización de sus productos. Será un órgano desconcentrado de la Sagarpa.

Por su parte, los almacenes rurales requerirán para su constitución y operación de la autorización de la Sagarpa y tendrán por objeto el almacenamiento, guarda o conservación, manejo, distribución, consignación o comercialización de los productos agrícolas bajo su depósito, consignación o custodia.

Dichos almacenes expedirán certificados de depósito sobre los cuales se podrán otorgar financiamientos con garantía de los mismos y podrán realizar también procesos de incorporación de valor agregado, así como la transportación, empaque o transformación de los productos agrícolas depositados a fin de aumentar su valor.

Asimismo, los almacenes rurales podrán prestar servicios de verificación y certificación de la calidad de los productos agrícolas o mercancías, a efecto de que quienes cumplan con las normas oficiales de almacenamiento rural que se emitan en términos de la ley, puedan participar en la Bolsa y constituir en fideicomiso los valores correspondientes en los mercados nacionales e internacionales, a precios competitivos y de fácil realización.

Se establecerá el Comité Nacional de Normalización del Almacenamiento Rural, para efectos de salvaguardar la calidad y competitividad de los productos depositados tanto en México como en el extranjero. Y, en términos de la ley de la materia, se expedirá una norma oficial de almacenamiento rural que mantendrá los estándares de los mercados mundiales.

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