Agroindustria

Señalan litigio a favor de la soya transgénica

La autorización otorgada en 2012 a Monsanto para la siembra de soya genéticamente modificada sobre 253 mil 500 hectáreas del campo mexicano, registra siete amparos

se-litiMéxico.— En la Segunda Sala de la Suprema Corte se debate la legalidad del cultivo de soya transgénica en más de 253 mil hectáreas del campo mexicano. Monsanto acumula 48 permisos, pese al rechazo de indígenas, campesinos y apicultores.

La autorización otorgada en 2012 a Monsanto Comercial, SA de CV, para la siembra de soya genéticamente modificada sobre 253 mil 500 hectáreas del campo mexicano registra siete amparos.

Luego de tres años de litigio, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación decidirá sobre los recursos de amparo en revisión 241/2015, 270/2015, 410/2015, 498/2015, 499/2015 y 500/2015.

Los instrumentos derivan de siete juicios de amparo iniciados en 2012 por comunidades indígenas, campesinas y organizaciones de apicultores para revocar el permiso concedido por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) con el aval de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) en ese mismo año.

En entrevista, Jorge Fernández, abogado de la organización de promoción y defensa de derechos humanos Indignación, explica que la principal motivación de los amparos es que se considera que el permiso violenta el derecho a un medio ambiente sano; hace caso omiso al principio precautorio, y vulnera el derecho a una consulta libre, previa e informada: “Se debió haber efectuado la consulta que establece el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo. Representa una obligación reconocida en el Artículo 2 de la Constitución [Política de los Estados Unidos Mexicanos]. Las autoridades debieron haber consultado a las comunidades indígenas, fundamentalmente a las que van a ser afectadas por el permiso.”

Agrega que la consulta debió seguir protocolos, como dotar de información a las comunidades antes de la toma de decisión y hacerse por medio de sus autoridades tradicionales, en su lengua y por una autoridad distinta a la que pretende llevar a cabo el proyecto.

“Se le pidió al juez que ordenara el alto a la siembra de soya [transgénica] hasta en tanto no se resuelva el juicio de amparo, como una medida precautoria provisional, al alegar que en caso de completarse la siembra estaríamos ante daños que podrían ser de imposible reparación”, explica a Contralínea Jorge Fernández.

En 2014, el Juzgado Segundo de Distrito del estado de Campeche otorgó una resolución favorable del amparo 753/2012 a las comunidades mayas de Pac-chen y Cancabchén, pertenecientes al municipio de Holpechén, en contra del permiso otorgado por Sagarpa y la Semarnat para la siembra de soya genéticamente modificada en dicha entidad.

En su resolución, el juez segundo de Distrito considera que se violó el derecho a la consulta libre, previa e informada; y que la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental, de la Semarnat, al momento de dar el aval para dicho permiso, violó el procedimiento establecido en su Reglamento Interior, pues hizo caso omiso de tres dictámenes vinculantes de la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (Conabio), la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp) y el entonces Instituto Nacional de Ecología (INE), que desaconsejaron la siembra de soya genéticamente modificada en los polígonos señalados.

Reconoce que los apicultores podían resultar afectados en sus bienes jurídicos (económicos, ambientales o laborales); atendió el principio precautorio, aplicando los principios propersona y de progresividad establecidos en el Artículo 1 de la Carta Magna, y reconoció que se vulneró el derecho del pueblo maya a ser consultado y a decidir sobre los proyectos que se aplican en sus comunidades y territorios.

Fuente: Contralínea, imagen

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