El Acuerdo sobre las medidas del Estado rector del puerto para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada trata de prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal mediante la adopción e implementación de medidas efectivas del Estado del puerto como medio para asegurar la conservación a largo plazo y el uso sostenible de los recursos marinos vivos.
La intención es que el Acuerdo sea aplicado de manera amplia y efectiva por las Partes, en su calidad de Estados portuarios, para los buques que no tengan derecho a enarbolar sus banderas. Se aplicará a estos buques cuando busquen ingresar a los puertos de las Partes o cuando estén en puerto. Ciertos barcos de pesca y contenedores artesanales estarán exentos.
El Acuerdo hace especial hincapié en los requisitos de los países en desarrollo para apoyar sus esfuerzos para implementar el Acuerdo.