Biotecnología

Gestan legisladores Ley de Bioseguridad de OMG

El Senado de la República aprobó la Ley de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados (LBOGM) que tiene el propósito de regular las actividades de utilización confinada, liberación experimental, liberación en programa piloto, liberación comercial, comercialización, importación y exportación de organismos genéticamente modificados (OGM), con el fin de prevenir, evitar o reducir los posibles riesgos que estas actividades pudieran ocasionar a la salud humana o al medio ambiente y a la diversidad biológica o a la sanidad animal, vegetal y acuícola.

El ordenamiento define los principios y la política nacional de bioseguridad de los OGM y los instrumentos para su aplicación y determina las competencias de las diversas dependencias de la administración pública federal en esta materia.

La legislación establece las bases para la celebración de convenios o acuerdos de coordinación entre la federación, por conducto de las secretarías competentes y los gobiernos de las entidades federativas para su mejor cumplimiento; delinea las bases para el funcionamiento de la Comisión Intersecretarial de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados (Cibiogem), por medio de la cual las secretarías que la integran deban colaborar de manera coordinada, en el ámbito de sus competencias, en lo relativo a la bioseguridad de los OGM.

También determina los procedimientos administrativos y criterios para la evaluación y el monitoreo de los posibles riesgos que puedan ocasionar las actividades con OGM en la salud humana o en el medio ambiente y la diversidad biológica o en la sanidad animal, vegetal o acuícola; establece el régimen de permisos para la liberación experimental y comercial de OGM, incluyendo la importación de esos organismos para llevar a cabo dichas actividades y establece el régimen de avisos para la realización de funciones de utilización confinada.

La ley contempla la creación y desarrollo del Sistema Nacional de Información sobre Bioseguridad y el Registro Nacional de Bioseguridad de los OGM; determina las bases para el establecimiento caso por caso de áreas geográficas en las que se restrinja la realización de actividades con dichos organismos y establece las bases del contenido de las normas oficiales mexicanas en materia de bioseguridad.

Para garantizar la bioseguridad plantea sanciones correspondientes en los casos de incumplimiento o violación a las disposiciones de la propia ley, sus reglamentos y las normas oficiales mexicanas que deriven de la misma; establece mecanismos para la participación pública en aspectos de bioseguridad, incluyendo el acceso a la información, la participación de los sectores privado, social y productivo por conducto del Consejo Consultivo Mixto de la Cibiogem, y la consulta pública sobre solicitudes de liberación de OGM al ambiente, y establece instrumentos de fomento a la investigación científica y tecnológica en bioseguridad y biotecnología.

Desacuerdos sobre esta ley

En opinión de los senadores perredistas Leticia Burgos Ochoa, Daniel López Nelio Santiago y Ricardo Gerardo Higuera, esta legislación no contempla la seguridad del consumidor plenamente, pues omite proporcionar la información adecuada a todos los productos que contengan OGM y así, opinaron, oculta el umbral de riesgo que implican los mismos. Asimismo, consideraron, no se establecen sanciones claras para aquellos que contaminan con OGM los cultivos aledaños de productos agrícolas orgánicos.

A decir de Gerardo Higuera, no hubo la suficiente consulta a la sociedad civil organizada, por eso –afirmó– hay cierta inconformidad, un reproche o reclamo. Dijo considerarla exagerada en varios aspectos, pues en el caso de Baja California Sur, el 48 por ciento del territorio es zona natural protegida o reserva lo que imposibilita hacer desarrollos y esta ley todavía le abona a las restricciones para proyectos que se puedan llevar a cabo, ya de por sí muy reducidos.

Dijo no es estar en contra de la ley como tal sino sólo mostrar solidaridad con el sentir de algunas organizaciones no gubernamentales. Su petición, explicó, fue dar un tiempo más para consultar a las organizaciones de la sociedad civil y en un momento dado llegar a un entendimiento con aquellas que no tienen claro algunos aspectos de esta legislación.

No obstante la inconformidad de Green Peace y de tres senadores perredistas, se cuenta ya con la ley, aunque aún falta la aprobación de la Cámara de Diputados y el visto bueno del titular del Ejecutivo federal.

Sin embargo, como ambas colegisladoras trabajaron conjuntamente con la participación del gabinete presidencial, acorde a la materia en cuestión, quizás antes de que termine el año se encuentre ya en vigor. Esto si el tema del presupuesto para 2004 y la glosa del que será el Tercer Informe de Gobierno no ocupa toda la atención de la siguiente Legislatura del Congreso de la Unión.

Antecedentes

Esta nueva legislación es resultado de consideraciones, opiniones y sugerencias que organizaciones no gubernamentales, empresas y organizaciones empresariales, investigadores científicos y académicos, universidades y centros de investigación, diferentes secretarías de Estado y legisladores interesados en el tema proporcionaron a través de una página electrónica en Internet denominada Foro de Consulta sobre la Iniciativa de Ley de Bioseguridad de OGM.

La iniciativa que dio origen a esta legislación fue presentada por un grupo plural de 17 senadores el 12 de noviembre de 2002 y la mencionada consulta tuvo por objetivo fortalecer su articulado para así contar con un marco jurídico protector de la diversidad biológica y de la salud humana, de una manera compatible con las normas del Protocolo de Cartagena, y que posibilite a nuestro país aprovechar al máximo el potencial de la biotecnología.

Para la elaboración de la iniciativa, el grupo de 17 senadores integrantes de la Comisión de Ciencia y Tecnología revisó la legislación mexicana sobre el tema, los tratados y foros internacionales, la legislación de bioseguridad de países megadiversos, así como las iniciativas de ley de bioseguridad presentadas desde 1999 por los diferentes partidos en el Congreso.

Asimismo se retomó un documento elaborado por la Academia Mexicana de las Ciencias, donde se vertían bases y recomendaciones para elaborar una ley de bioseguridad; se realizó un seminario sobre Biotecnología Moderna y Bioseguridad, se efectuaron reuniones de trabajo con las secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; de Medio Ambiente y Recursos Naturales; de Salud, de Economía, de Hacienda y con el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.

Y aunque Green Peace objeta el contenido de la legislación también se efectuaron encuentros con sus representantes, así como del Centro Mexicano de Desarrollo Ambiental.

La Ley de Bioseguridad aprobada contiene: 127 artículos contenidos en 12 Títulos: 1º. Disposiciones generales; 2º. De los permisos; 3º. De la utilización confinada y avisos; 4º. Zonas restringidas; 5º. De la protección de la salud humana en relación con los OGM; 6º. Etiquetado e identificación de OGM; 7º. De las listas de OGM; 8º. De la información sobre bioseguridad; 9º. De las Normas Oficiales Mexicanas en materia de bioseguridad; 10º. Inspección y vigilancia y medidas de seguridad o de urgente aplicación; 11º. Infracciones, sanciones y responsabilidades, y 12º. Recurso de revisión.

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