Pecuario y Pesquero

Actualizan periodo de veda para ostión de piedra en el océano Pacífico

  • Estudios del Inapesca señalan que es técnicamente factible homologar el periodo de veda actual, lo cual permitirá obtener un mayor beneficio económico, con una mejor calidad

2000Agro/Redacción

La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader), informó la homologación del periodo de veda del ostión piedra (Crassostrea iridescens) en aguas de jurisdicción federal del litoral del océano Pacífico, que a partir de 2024 aplicará del 1 de junio al 31 de agosto de cada año.

En el Diario Oficial de la Federación (DOF) destacó que con este acuerdo se modifica el aviso del establecimiento de épocas y zonas de veda para la pesca de diferentes especies de la fauna acuática en aguas de jurisdicción federal del país, publicado el 16 de marzo de 1994.

Productores pesqueros de Guerrero manifestaron su interés de aprovechar el recurso de manera responsable, bajo un esquema de manejo sostenible y contar con medidas de manejo formales que aseguren el beneficio económico de su trabajo.

Por ello, solicitaron homologar el periodo de veda en toda la entidad y evitar así una diferenciación en los periodos de aprovechamiento, lo que podría generar efectos económicos desiguales entre los productores de ostión de piedra, refirió.

Lo anterior, aunado a los resultados de las recientes evaluaciones biológico-pesqueras realizadas por el Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura (Inapesca) en Guerrero, permitió la homologación de la veda espacio-temporal para coadyuvar en el mantenimiento y conservación de los bancos ostrícolas.

Esta acción también incrementará los beneficios económicos de los productores, al comercializar este recurso con una mejor calidad en la época decembrina, que es cuando existe mayor demanda, destacó la Sader.

Subrayó que con los tres meses de veda se cubre el principal evento reproductivo de la especie ostión de piedra en la zona comprendida desde Pie de la Cuesta y hasta la playa Revolcadero, en Guerrero, y homologa el periodo de restricción para todo el litoral del océano Pacífico.

Al concluir el periodo de veda, recalcó, es recomendable observar una talla mínima de captura de 90 milímetros indicada como control de manejo en la Carta Nacional Pesquera (CNP) publicada el 11 de junio de 2018.

La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural agregó que el acuerdo entrará en vigor a partir del martes 10 de septiembre de 2023.

La Sader, por conducto de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca), administra, regula el uso y promueve el aprovechamiento sustentable de los recursos de la flora y fauna acuáticas, al ordenar las actividades de las personas que intervienen en ella y establecer las condiciones en que deberán realizarse las operaciones pesqueras.

Fotografía: Sader

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