Biotecnología

Buscan certidumbre jurídica en investigación biotecnológica

El Senado de la República analiza modificar el artículo 420 Ter del Código Penal Federal, para otorgar certidumbre jurídica a la investigación y experimentación en materia de organismos genéticamente modificados, según la propuesta presentada por el senador perredista Rodimiro Amaya Téllez ante el pleno de la Cámara alta.

Los investigadores en biotecnología han manifestado públicamente su inconformidad, al considerar que la redacción de dicho artículo pone en riesgo a quienes realizaban investigaciones y experimentos con materiales u organismos genéticamente modificados, y que por ese simple hecho podrían hacerse acreedores a las sanciones previstas en el Código Penal Federal.

“Verdaderamente lesiona el desarrollo de la ciencia, además de que convierte en potenciales delincuentes a muchas personas que trabajamos en esta área”, advirtieron los científicos en un desplegado publicado el 26 de abril de este año.

La historia data del 4 de octubre de 2001, cuando el Ejecutivo federal presentó ante la Cámara de Diputados, la iniciativa de decreto para reformar y adicionar diversas disposiciones de los códigos Penal Federal y Federal de Procedimientos Penales, la cual fue aprobada por la Cámara de Diputados el 11 de diciembre de ese mismo año, turnando la minuta al Senado de la República, donde una vez analizada, la votó afirmativamente el 27 de diciembre, y finalmente el decreto se publicó el 6 de febrero de 2002 en el Diario Oficial de la Federación.

Con dichas reformas, explicó Rodimiro Amaya, se reestructuró totalmente el Título Vigésimo Quinto del Código Penal Federal, incluyendo entre otros un nuevo artículo, el 420 Ter, sobre la bioseguridad.

El también presidente de la Comisión de Ciencia y Tecnología informó que a petición de esta instancia legislativa un grupo representativo de investigadores se presentó para explicar los aspectos del artículo 420 Ter que consideraban lesivos a los académicos y científicos y que podrían coartar el impulso de la investigación en materia de biotecnología.

Señaló que después de una amplia consulta con investigadores y científicos nacionales, se concluyó que el artículo 420 Ter del Código Penal Federal presenta aspectos que podrían provocar laxitud, inseguridad jurídica e imprecisión.

En este sentido, el legislador perredista presentó una iniciativa de decreto, por el cual se reforma el artículo 420 Ter del Código Penal Federal, para quedar en los siguientes términos: Se impondrá pena de uno a nueve años de prisión y de trescientos a tres mil días multa, a quien en contravención a lo establecido en la normatividad aplicable, introduzca al país, o extraiga del mismo, comercie, transporte, almacene o libere al ambiente, algún organismo genéticamente modificado que altere negativamente los componentes, la estructura o el funcionamiento de los ecosistemas naturales.

Para efectos de este artículo se entenderá como organismo genéticamente modificado el organismo que posea una combinación nueva del material genético que se haya obtenido mediante la aplicación de la biotecnología moderna.

Los delitos previstos en este artículo se perseguirán por querella de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, la que, si así lo estima pertinente, podrá solicitar la elaboración de un dictamen técnico por un grupo de expertos, designados para cada caso, por el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, a propuesta del Foro Consultivo Científico y Tecnológico previsto en la Ley de Ciencia y Tecnología.

N. de la R. En nuestra edición anterior publicamos, en la página 94, el resumen de una ponencia de Agustín López Munguía, investigador del Instituto de Biotecnología de la UNAM, donde por un error nuestro se habla de “frijol modificado genéticamente”, cuando en su trabajo el especialista nunca se refiere a éste, pues nos aclaró “NO HAY AUN FRIJOLES TRANSGENICOS”. Ofrecemos una sentida disculpa al investigador y nuestros lectores.

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